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Proyecto impide considerar el estado civil de los padres para negar el derecho a matrícula de los alumnos en un colegio
Publicado el 25 de enero del 2010
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La moción busca eliminar esta práctica que realizan algunos colegios particulares, por considerarla discriminatoria, ampliando el impedimento que hoy hace la ley de excluir por estos motivos a los alumnos de colegios municipalizados, haciéndolo aplicable también en los establecimientos que no dependen de la subvención del Estado.

Los autores del proyecto (boletín 6812) sostienen que la Ley General de Educación (LGE), establece que es deber del Estado resguardar los derechos de los padres y alumnos, así como también velar por la igualdad de oportunidades y la inclusión educativa, promoviendo especialmente que se reduzcan las desigualdades derivadas de circunstancias económicas, sociales, étnicas, de género o territoriales.

Asimismo, la LGE determina que “los procesos de admisión de alumnos deberán ser objetivos y transparentes, asegurando el respeto a la dignidad de los alumnos, alumnas y sus familias, de conformidad con las garantías establecidas en la Constitución y en los tratados suscritos y ratificados por Chile."

A esto se suma que actualmente, dicha legislación, en relación con el estado civil de los padres y apoderados, establece que el cambio en sí mismo no puede constituir un impedimento para la continuidad del alumno o alumna dentro del establecimiento, restringiendo esta norma sólo a los establecimientos que reciben aporte estatal.

Por esto, la propuesta legislativa busca ampliar esta regulación, contemplando que el estado civil de los padres y apoderados no puede constituir un factor de discriminación de los alumnos y alumnas, no sólo para la permanencia de éstos en el establecimiento educacional, sino que también para efectos de ingresar a él y haciendo extensiva dicha prohibición a todos los establecimientos educacionales, y no sólo a aquellos que reciben aporte estatal.

De esta manera, la iniciativa modifica el artículo 11 de la ley N° 20.370 General de Educación, señalando que “no constituirá motivo de impedimento tanto para el ingreso como para la continuidad del alumno o alumna dentro del establecimiento, el estado civil de los padres y apoderados”.

El proyecto de ley fue presentado por los diputados Adriana Muñoz (PPD), Clemira Pacheco (PS), Denise Pascal (PS), Alejandra Sepúlveda (IND), Patricio Vallespín (DC) y Ximena Vidal (PPD) y será analizado por la Comisión de Educación.

Lunes 25 de enero de 2010



Comentarios



Una vez más...nada que decir...mucho que pensar del sistema.

Los Padres ya sea Madre o Padre deben tenes ambos igualdad de derechos, beneficios y obligaciones para con nuestros hijos. "Hasta cuando Dios Mío".

Enviado por: eduardo López Parraguez
27 de enero de 2010 21:45



Es un echo también a considerar que como padres vamos a los colegios a saber de nuestros hijos, ya sea por notas, por comportamiento o por verlos, pero para el colegio no somos nada, solo el Padre, el "Apoderado" tiene todos los derechos, pero si va la madre no siendo el "Apoderado", "Las puertas estan abiertas".
Si están estudiando igualdades, que la Ley General de Educación tome en cuenta la Igualdad Parental frente a nuestros hijos, "Apoderados" somos todos los padres.

Enviado por: Hugo Riveros Madrid
26 de enero de 2010 10:35



Como todo proyecto presentado por los llamados "políticos" que se escogen entre ellos, tiene diversas falencias por falta de competencia técnica y porque tienen compromisos o negociados políticos que tienen que pagar.

Más importante aún que donde se inscriben los hijos de padres separados, es si los dos padres están de acuerdo en inscribirlo en cierto colegio.

Por ley debe obligarse a que la inscripción de se realice con el consentimiento de ambos padres, sobre todo en casos de padres separados.

Enviado por: Diego Morales
26 de enero de 2010 10:06



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